Impuesto sobre Sociedades en España - tipos, cálculo y plazos

19 de septiembre de 2026

Gráfico muestra el tipo efectivo del impuesto de sociedades por tipo de empresa, número de empleados y cifra de negocio.

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Una empresa puede cerrar un buen año y, aun así, pagar más de lo esperado por una mala planificación fiscal. El impuesto de sociedades en España se calcula a partir del resultado contable, pero la cifra final depende de ajustes fiscales, compensaciones, deducciones y del tipo aplicable. Aquí explico quién debe declararlo, cómo se calcula, qué porcentajes se aplican en 2026 y cuáles son los plazos que conviene marcar en el calendario.

Las claves para entender la tributación de una empresa en España

  • Tipo general del 25 % para la mayoría de sociedades.
  • Las microempresas aplican en 2026 un 19 % sobre los primeros 50.000 euros de base y un 21 % sobre el resto.
  • La base imponible parte del resultado contable, pero debe corregirse con ajustes fiscales.
  • El modelo 200 se presenta, por regla general, dentro de los 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores al cierre del ejercicio.
  • Los pagos fraccionados se realizan normalmente en abril, octubre y diciembre.

Qué es y quién tiene que presentarlo

El Impuesto sobre Sociedades grava la renta obtenida por las personas jurídicas y determinadas entidades. Afecta principalmente a sociedades limitadas, sociedades anónimas y otras entidades residentes en España, aunque también puede alcanzar a entidades no residentes que operen mediante un establecimiento permanente.

Una sociedad debe revisar esta obligación incluso cuando no haya tenido actividad o haya cerrado el ejercicio con pérdidas. La falta de beneficios puede hacer que la cuota sea cero, pero no elimina automáticamente la obligación de presentar el modelo 200.

La situación es distinta para un autónomo que trabaja como persona física. En ese caso, los beneficios suelen declararse en el IRPF, no mediante el impuesto corporativo. Elegir una sociedad o continuar como autónomo tiene consecuencias legales, contables y fiscales que conviene valorar antes de constituir la empresa.

Residencia fiscal y establecimiento permanente

Una sociedad se considera residente en España, entre otros supuestos, cuando se ha constituido conforme a la normativa española, tiene su domicilio social en España o mantiene aquí la sede de dirección efectiva. Las empresas extranjeras pueden quedar sujetas por los beneficios atribuibles a un establecimiento permanente, como una oficina, sucursal o centro de operaciones estable.

En negocios internacionales, este punto suele generar errores. No basta con mirar dónde está registrada la empresa, porque también importan la dirección real, la actividad desarrollada y los convenios para evitar la doble imposición.

Cómo se calcula la base imponible

El cálculo normalmente comienza con el resultado de la cuenta de pérdidas y ganancias. Después se aplican los ajustes exigidos por la Ley del Impuesto sobre Sociedades y, cuando corresponde, se compensan bases imponibles negativas de ejercicios anteriores.

La fórmula práctica puede resumirse así:

  • Resultado contable.
  • Más ajustes fiscales positivos.
  • Menos ajustes fiscales negativos.
  • Menos reserva de capitalización y compensación de pérdidas fiscales, cuando proceda.
  • Resultado final, que constituye la base imponible.

Por eso, el beneficio contable y la cantidad que tributa no siempre coinciden. Un gasto puede estar correctamente registrado en la contabilidad y, aun así, no ser deducible fiscalmente si no cumple los requisitos de justificación, vinculación con la actividad o imputación temporal.

Ejemplo sencillo de ajuste fiscal

Imaginemos una sociedad con un beneficio contable de 100.000 euros y un gasto de 5.000 euros que no cumple las condiciones fiscales para ser deducible. En ese caso, la base antes de otros ajustes podría situarse en 105.000 euros, no en 100.000.

Este ejemplo es simple, pero refleja el punto que más confusión provoca. No se trata de aplicar directamente un porcentaje sobre el saldo bancario ni sobre la facturación, sino sobre una base fiscal corregida.

Qué tipos se aplican en 2026

El tipo depende del tamaño, la antigüedad y la naturaleza de la entidad. Para no mezclar ejercicios, hay que distinguir entre una declaración presentada en 2026 sobre el ejercicio 2025 y un período impositivo que comienza durante 2026.

Tipo de entidad Períodos iniciados en 2025 Períodos iniciados en 2026
Tipo general 25 % 25 %
Microempresas con cifra de negocios inferior a 1.000.000 € 17 % hasta 50.000 € y 20 % sobre el resto 19 % hasta 50.000 € y 21 % sobre el resto
Empresas de reducida dimensión 24 % 23 %
Entidades de nueva creación 15 % 15 %
Empresas emergentes 15 % 15 %

Para aplicar el régimen de empresa de reducida dimensión, la cifra neta de negocios del período anterior debe ser, con carácter general, inferior a 10 millones de euros. Las microempresas tienen un umbral distinto, inferior a 1 millón de euros, y aplican una escala progresiva sobre su base.

Por ejemplo, una microempresa con una base imponible de 80.000 euros en un período iniciado en 2026 tendría una cuota íntegra aproximada de 15.800 euros: 9.500 euros por los primeros 50.000 y 6.300 euros por los 30.000 restantes. Esta cifra todavía podría cambiar por reducciones, deducciones, retenciones y pagos a cuenta.

Cuándo se presenta y cómo se paga

La declaración anual se presenta mediante el modelo 200. El plazo general termina 25 días naturales después de que hayan transcurrido seis meses desde el cierre del período impositivo.

Cuando el ejercicio coincide con el año natural, la presentación suele realizarse durante julio del año siguiente. Para una sociedad que cerró el ejercicio 2025 el 31 de diciembre, el plazo ordinario de 2026 llega, en principio, hasta el 27 de julio de 2026, porque el día 25 cae en sábado.

El pago de la cuota puede hacerse mediante domiciliación, cargo en cuenta u otros medios admitidos por la Administración tributaria. La presentación es electrónica, por lo que la empresa debe tener preparado su sistema de identificación y la información contable con suficiente antelación.

Pagos fraccionados durante el ejercicio

Muchas sociedades también deben realizar pagos a cuenta mediante el modelo 202. Los plazos generales son los primeros 20 días naturales de abril, octubre y diciembre. Si se domicilia el pago, el plazo suele finalizar el día 15 de esos meses.

Estos ingresos no son un impuesto adicional. Funcionan como anticipos de la liquidación anual y se descuentan al presentar el modelo 200. Aun así, pueden tensionar la tesorería, especialmente cuando el beneficio contable crece antes de que la empresa haya cobrado sus facturas.

Las entidades con una cifra neta de negocios superior a 6 millones de euros tienen reglas específicas y, en determinados casos, deben presentar el modelo 202 aunque el resultado del pago sea cero. Por eso no conviene decidir si existe obligación únicamente mirando el beneficio del último trimestre.

Qué reducciones y deducciones pueden disminuir la cuota

La planificación fiscal legal no consiste en buscar gastos artificiales, sino en aplicar correctamente los incentivos que corresponden a la actividad. Entre los más relevantes aparecen la reserva de capitalización, las deducciones por I+D+i, determinados incentivos a la inversión, la creación de empleo y las medidas para evitar la doble imposición.

Reserva de capitalización

Desde los períodos iniciados en 2025, la reserva de capitalización permite reducir, con carácter general, un 20 % del incremento de los fondos propios, siempre que se cumplan los requisitos legales. La empresa debe mantener ese incremento durante tres años, salvo excepciones previstas en la norma.

El beneficio puede ser interesante para una sociedad que reinvierte sus beneficios y fortalece su balance. No tiene el mismo sentido para una empresa que distribuye casi todo el resultado o que no puede mantener estable su estructura de fondos propios.

Lee también: Gastos deducibles en el IRPF - qué puedes incluir

Deducciones y doble imposición

Las deducciones se aplican sobre la cuota, no sobre la base imponible. Esta diferencia es importante porque una reducción disminuye la cantidad sobre la que se aplica el tipo, mientras que una deducción resta directamente parte de la cuota calculada.

Las sociedades que reciben dividendos de filiales extranjeras o generan ingresos fuera de España deben revisar los mecanismos para evitar la doble imposición internacional. En participaciones internacionales suelen ser relevantes el porcentaje de participación, el impuesto pagado en el extranjero y la documentación disponible.

En empresas grandes existen límites adicionales para algunas deducciones. Mi recomendación es no esperar al cierre del ejercicio para revisar estos incentivos, porque algunos requieren conservar contratos, informes técnicos, justificantes de inversión o una contabilidad analítica que después resulta difícil reconstruir.

Errores habituales que encarecen la liquidación

El primer error es confundir la facturación con la base imponible. Una empresa puede facturar mucho y tener un margen reducido, mientras que otra con menos ventas puede obtener un beneficio fiscal elevado. El impuesto se relaciona principalmente con la renta obtenida, no con el volumen bruto de ventas.

También es frecuente aplicar el tipo reducido sin comprobar el período al que corresponde. Una declaración presentada en 2026 puede referirse al ejercicio 2025, por lo que no necesariamente utilizará los porcentajes previstos para períodos iniciados en 2026.

  • Registrar gastos sin factura o sin relación clara con la actividad.
  • Olvidar ajustes por amortizaciones, provisiones o gastos no deducibles.
  • No conservar la documentación de operaciones vinculadas.
  • Compensar pérdidas fiscales sin comprobar sus límites y justificantes.
  • Confundir el modelo 200 anual con los pagos fraccionados del modelo 202.
  • Dar por cerrada una sociedad inactiva sin presentar las declaraciones que sigan siendo obligatorias.

Lo que más ayuda en la práctica es mantener una conciliación periódica entre contabilidad y fiscalidad. Una revisión trimestral permite detectar diferencias cuando todavía se pueden corregir, en lugar de descubrirlas justo antes de presentar la declaración.

La revisión que evita pagar de más al cerrar el ejercicio

Antes de presentar la liquidación, conviene comprobar cuatro elementos: el tipo aplicable, la base imponible, los incentivos fiscales y los pagos realizados durante el año. También hay que revisar si la sociedad tiene operaciones internacionales, pérdidas pendientes de compensar o gastos cuya deducibilidad pueda discutirse.

Mi criterio es sencillo: una sociedad pequeña no necesita una estructura fiscal complicada, pero sí necesita una contabilidad ordenada y una revisión anual seria. La diferencia entre presentar el impuesto correctamente y hacerlo con prisas puede afectar tanto a la cuota como al riesgo de recibir un requerimiento.

Este artículo tiene un carácter exclusivamente informativo y educativo. El material se ha elaborado con el apoyo de modernas herramientas analíticas y lingüísticas (IA). Antes de tomar una decisión, consulte a un experto.

Preguntas frecuentes

Las sociedades limitadas, anónimas y otras entidades residentes deben revisar esta obligación incluso si no han tenido actividad o han cerrado con pérdidas. La cuota puede ser cero, pero eso no elimina automáticamente la presentación del modelo 200. Los autónomos como personas físicas tributan normalmente por el IRPF, no por este impuesto.

Se parte del resultado de la cuenta de pérdidas y ganancias y se aplican ajustes fiscales positivos y negativos. Después pueden restarse la reserva de capitalización y las bases imponibles negativas compensables. Por ejemplo, si una empresa obtiene 100.000 euros de beneficio contable y registra 5.000 euros de gasto no deducible, la base antes de otros ajustes podría ser de 105.000 euros.

Para períodos iniciados en 2026, el tipo general es del 25 %. Las microempresas con cifra de negocios inferior a 1.000.000 de euros aplican el 19 % sobre los primeros 50.000 euros de base y el 21 % sobre el resto. Las empresas de reducida dimensión aplican el 23 %, mientras que las entidades de nueva creación y las empresas emergentes tributan al 15 %.

El modelo 200 se presenta, por regla general, dentro de los 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores al cierre del ejercicio. Si el ejercicio coincide con el año natural y termina el 31 de diciembre, el plazo de 2026 llega en principio hasta el 27 de julio. Los pagos fraccionados del modelo 202 se realizan normalmente en los primeros 20 días de abril, octubre y diciembre, o hasta el día 15 si se domicilian.

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base imponible pagos fraccionados deducciones fiscales doble imposición reserva de capitalización

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Daniel Cabello

Daniel Cabello

Soy Daniel Cabello y mi trayectoria en el análisis y la explicación de trámites y derecho en España suma ya 12 años. Desde que me inicié en este campo, me ha fascinado la forma en que las normativas y los procedimientos, a menudo complejos, rigen nuestro día a día. Mi objetivo es desgranar estas cuestiones, haciendo que temas como la gestión de documentos, los derechos del consumidor o las obligaciones legales sean accesibles para todos. Me dedico a investigar a fondo, contrastar información de fuentes fiables y presentarla de manera clara y organizada, para que cada artículo en oleksandr.es te ofrezca datos útiles y actualizados que te ayuden a navegar con mayor seguridad por el entramado legal español.

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