La regla básica para proteger tus vacaciones trabajando por una ETT
- Mínimo legal de 30 días naturales por año, salvo que el convenio utilice días laborables.
- La persona cedida por una ETT debe disfrutar de las mismas condiciones vacacionales que tendría alguien contratado directamente para el mismo puesto.
- Por cada mes trabajado se generan, como referencia, 2,5 días naturales.
- Si el contrato termina antes del disfrute, las vacaciones pendientes pueden aparecer pagadas en la nómina o en el finiquito, según el convenio aplicable.
- Las fechas deben acordarse con la empresa y comunicarse, como regla general, con al menos dos meses de antelación.

Qué derecho tiene una persona cedida por una ETT
Trabajar a través de una empresa de trabajo temporal no significa tener menos vacaciones. El artículo 11 de la Ley 14/1994 reconoce a la persona cedida las mismas condiciones esenciales de trabajo que tendría si la empresa usuaria la hubiera contratado directamente, incluidas las vacaciones, los descansos y los festivos.
Esto tiene una consecuencia práctica importante. La duración de las vacaciones no siempre se determina únicamente por el convenio de la ETT. Durante la misión también debe revisarse el convenio colectivo de la empresa usuaria, porque puede establecer 30 días naturales, 22 días laborables u otra mejora más favorable.| Situación | Regla aplicable |
|---|---|
| Persona cedida por una ETT | Se aplican las condiciones esenciales de la empresa usuaria para el mismo puesto. |
| Contrato temporal directo con la empresa | Se disfruta la parte proporcional prevista por la ley, el contrato y el convenio correspondiente. |
| Contrato a tiempo parcial | No se reducen automáticamente los días de vacaciones, aunque la retribución será proporcional a la jornada. |
| Contrato inferior a un año mediante ETT | Puede existir compensación económica de las vacaciones no disfrutadas, según el convenio sectorial y la documentación laboral. |
La ETT es quien mantiene el contrato y suele encargarse del salario y de la Seguridad Social. La empresa usuaria, en cambio, organiza el trabajo diario y conoce las necesidades del centro. Por eso, lo más seguro es solicitar las vacaciones por escrito a la ETT, informando también al responsable de la empresa usuaria.
Cómo se calculan los días generados durante un contrato corto
La referencia legal mínima es de 30 días naturales por año trabajado. Si se utiliza ese sistema, el cálculo orientativo es sencillo: 30 dividido entre 12 meses da 2,5 días naturales por cada mes completo trabajado.
| Tiempo trabajado | Vacaciones orientativas |
|---|---|
| 1 mes | 2,5 días naturales |
| 2 meses | 5 días naturales |
| 4 meses | 10 días naturales |
| 6 meses | 15 días naturales |
| 12 meses | 30 días naturales |
Estos números son una guía, no sustituyen al cálculo exacto de la nómina. Si el convenio habla de días laborables, la cuenta cambia. También pueden influir la fecha exacta de alta y baja, varios contratos sin interrupción o una jornada anual distribuida de forma particular.
Por ejemplo, una persona que trabaja cuatro meses para una empresa usuaria podría generar aproximadamente 10 días naturales. Si el convenio aplicable reconoce 23 días laborables al año, habrá que calcular la parte proporcional según ese sistema, sin convertirla automáticamente en días naturales.
Qué ocurre con el salario de las vacaciones
Las vacaciones son retribuidas. La cantidad debe reflejar la remuneración que corresponda conforme a la ley, el convenio y la estructura salarial del puesto. En una ETT conviene revisar si la parte proporcional aparece separada en la nómina como vacaciones prorrateadas o si se reserva para el finiquito.
Las comisiones, pluses de turnicidad, nocturnidad u otros complementos pueden tener reglas específicas. No asumiría que todo complemento queda fuera ni que todo debe incluirse automáticamente. El convenio aplicable y la forma habitual de remunerar el puesto son los datos que realmente resuelven esa duda.
Disfrutarlas o cobrarlas cuando termina la relación laboral
La regla general es que las vacaciones deben disfrutarse y no sustituirse por dinero. La excepción aparece cuando termina el contrato sin que haya sido posible disfrutar todos los días generados. En ese momento, las vacaciones pendientes deben compensarse económicamente en la liquidación o nómina final, siempre que no se hayan pagado ya durante la relación laboral.
El convenio colectivo estatal de empresas de trabajo temporal permite, para el personal puesto a disposición con contrato temporal inferior a un año, abonar esa compensación mediante prorrateo mensual durante el contrato. Si la duración es inferior a un mes, puede incluirse en la liquidación final. Algunos convenios de empresa recogen fórmulas parecidas.
Esto explica por qué dos personas contratadas por ETT pueden ver las vacaciones reflejadas de forma distinta. Una puede disfrutar días libres antes del final de la misión, mientras otra recibe el importe proporcional en cada nómina. Lo importante es que no desaparezcan ni se cobren dos veces.
El efecto sobre el desempleo
Si el contrato termina y quedan vacaciones retribuidas pero no disfrutadas, la situación no se considera completamente finalizada hasta que transcurre ese periodo. El SEPE trata esos días como una situación asimilada al alta, de modo que el desempleo comienza después de las vacaciones pagadas.
Por ejemplo, si el finiquito incluye cinco días de vacaciones no disfrutadas, la fecha efectiva para el desempleo puede situarse cinco días después de la baja contractual. Por eso conviene comprobar que el certificado de empresa indique correctamente esos días. El propio SEPE ha señalado que, cuando faltan o aparecen a cero en determinados contratos de ETT, puede ser necesario corregir el certificado.
Cómo pedir las vacaciones y reclamar si las cuentas no cuadran
Yo seguiría un procedimiento muy simple para evitar discusiones posteriores. La mayoría de los problemas no nacen de una norma especialmente complicada, sino de una solicitud verbal que nadie documenta o de una nómina que mezcla salario y vacaciones sin explicarlo.
- Revisa el contrato y la orden de servicio para identificar la ETT, la empresa usuaria, la duración de la misión, la jornada y el convenio aplicable.
- Comprueba las nóminas y busca conceptos como vacaciones, prorrata de vacaciones o compensación por vacaciones no disfrutadas.
- Solicita las fechas por escrito a la ETT, indicando los días concretos y dejando constancia de la comunicación a la empresa usuaria.
- Pide una respuesta escrita si la empresa deniega o cambia la fecha solicitada.
- Compara el finiquito con los días realmente generados y con los importes ya abonados durante el contrato.
Las fechas se fijan de común acuerdo. La empresa no puede obligar a tomar vacaciones cuando quiera sin respetar la planificación aplicable, pero la persona trabajadora tampoco debería ausentarse por su cuenta sin autorización. El calendario debe comunicarse, como regla general, con dos meses de antelación al inicio del descanso.
Si no existe acuerdo, la solución corresponde a la jurisdicción social. Cuando la fecha ya ha sido fijada por convenio, acuerdo o decisión empresarial, el plazo para impugnarla es de 20 días desde que se conoce. Si todavía no hay fecha, la demanda debe plantearse normalmente con al menos dos meses de antelación respecto del periodo que se pretende disfrutar.
Los casos que cambian el resultado habitual
Enfermedad durante las vacaciones
Una incapacidad temporal no siempre hace que los días de vacaciones se pierdan. Si la baja coincide con las vacaciones por embarazo, parto, lactancia o determinadas suspensiones vinculadas al nacimiento y cuidado, el disfrute se aplaza hasta que termine la situación protegida.Cuando se trata de una incapacidad temporal por otra causa, los días que no pudieron disfrutarse pueden recuperarse después del alta, con el límite general de 18 meses desde el final del año en que se generaron.
Jornada parcial
La jornada parcial afecta principalmente al importe del salario, no a la existencia del derecho. Una persona que trabaja cuatro horas al día no pierde automáticamente la mitad de los días de vacaciones. Lo que debe calcularse es cómo se traducen esos días a su calendario real de trabajo conforme al convenio.
Contrato temporal directo y contrato con ETT
Si la empresa te contrata directamente con un contrato temporal, se aplica la normativa general y el convenio de esa empresa. Si interviene una ETT, además hay que comprobar la regulación sectorial de las empresas de trabajo temporal y las condiciones de la empresa usuaria.
En ambos casos, la duración corta del contrato solo produce una reducción proporcional del derecho. No convierte las vacaciones en un beneficio opcional ni permite pagar menos de lo que corresponda por el tiempo trabajado.
Lee también: Despido disciplinario - qué cobras y cómo calcular el finiquito
Varios contratos seguidos
Cuando existen contratos sucesivos sin una interrupción real, conviene revisar si las vacaciones se han calculado por separado de forma correcta. También hay que vigilar los límites de la contratación temporal. El Estatuto de los Trabajadores prevé que determinadas cadenas de contratos por circunstancias de la producción pueden llevar a adquirir la condición de persona trabajadora fija.
La comprobación final que evita perder dinero al acabar la misión
Antes de firmar el finiquito, anotaría tres datos: los días generados, los días disfrutados y la cantidad de vacaciones ya pagada en nómina. La diferencia entre esas cifras debe coincidir con el importe pendiente que aparece en la liquidación.
Si el documento no lo deja claro, pediría el desglose por escrito a la ETT y conservaría contratos, órdenes de servicio, cuadrantes y nóminas. Una relación laboral temporal puede ser breve, pero el derecho a las vacaciones se genera desde el primer día y debe quedar reflejado de forma comprobable.