ITP en España - quién lo paga y cómo se calcula

31 de octubre de 2026

El ITP, Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, es un tributo para comprar vivienda de segunda mano. Se calcula con la base imponible y un tipo impositivo del 6%-11%.

Índice

Firmar la compra de una vivienda, un coche usado o incluso un contrato de alquiler puede generar una duda importante: ¿qué impuesto corresponde pagar y quién debe hacerlo? El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, conocido como ITP, grava determinadas operaciones entre particulares y su importe depende de la comunidad autónoma, del tipo de operación y del valor que Hacienda tome como referencia. Aquí explico qué es, cuándo se aplica, cómo se calcula, qué modelo se presenta y qué errores conviene evitar.

El ITP se entiende mejor con cuatro reglas básicas

  • Se aplica sobre todo a operaciones entre particulares, como la compra de una vivienda usada o de un vehículo de segunda mano.
  • Lo paga normalmente quien adquiere el bien o derecho, no quien lo transmite.
  • El tipo no es igual en toda España: lo fija cada comunidad autónoma dentro de sus competencias.
  • En los inmuebles importa el valor de referencia del Catastro, especialmente si supera el precio declarado.
  • El plazo suele ser de 30 días hábiles o un mes, según la administración autonómica competente.

Gastos de compraventa: notaría (600-900€), registro (400-700€), gestoría (300-500€), tasación. Impuestos: obra nueva (IVA+IAJD), segunda mano (ITP, que es el impuesto de transmisiones patrimoniales).

Qué es el ITP y qué operaciones grava

El ITP es un impuesto indirecto que se aplica a determinadas transmisiones de bienes y derechos cuando no tributan por IVA. Su nombre completo es Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, aunque en el lenguaje cotidiano muchas personas utilizan “ITP” para referirse específicamente a la modalidad de transmisiones patrimoniales onerosas.

La operación más conocida es la compra de una vivienda de segunda mano a un particular. Sin embargo, también puede aparecer en la adquisición de vehículos usados, en ciertos arrendamientos, en la constitución de derechos reales, en préstamos entre particulares y en otras operaciones patrimoniales.

Operación Quién suele pagar Tratamiento habitual
Compra de vivienda usada a un particular El comprador Transmisiones Patrimoniales Onerosas
Compra de vehículo usado entre particulares El comprador Transmisiones Patrimoniales Onerosas
Alquiler con tratamiento sujeto al impuesto El arrendatario Transmisiones Patrimoniales Onerosas
Escritura pública de determinados actos Depende del acto Actos Jurídicos Documentados

El impuesto se divide en tres grandes modalidades. Las transmisiones patrimoniales onerosas gravan compras y cesiones realizadas a cambio de dinero; las operaciones societarias afectan a determinados actos de las empresas; y los actos jurídicos documentados se relacionan con documentos notariales, mercantiles o administrativos que cumplen los requisitos legales.

En la práctica, conviene no confundir el ITP con cualquier impuesto relacionado con una compra. La declaración Modelo 369, por ejemplo, corresponde a determinados regímenes especiales del IVA para servicios digitales, ventas a distancia y operaciones similares, no a la compra de una vivienda usada.

Cuándo se paga ITP y cuándo corresponde IVA

La distinción entre ITP e IVA es una de las partes que más errores provoca. Como regla general, la compra de una vivienda nueva al promotor tributa por IVA y, normalmente, AJD, mientras que la compra de una vivienda usada a un particular tributa por ITP.

La diferencia no depende solo de que el inmueble “parezca nuevo”. Lo decisivo suele ser quién vende y cómo se califica fiscalmente la operación. Una vivienda recién construida adquirida directamente al promotor no recibe el mismo tratamiento que una vivienda transmitida posteriormente entre particulares.

Situación Impuesto más habitual Consecuencia práctica
Vivienda nueva comprada al promotor IVA y AJD El comprador debe revisar dos conceptos fiscales distintos
Vivienda usada comprada a un particular ITP El comprador presenta la autoliquidación ante su comunidad autónoma
Vehículo usado comprado a un particular ITP La base puede calcularse con tablas o valores oficiales
Compra a una empresa en el ejercicio de su actividad Normalmente IVA Hay que revisar la naturaleza concreta de la operación

No siempre basta con aplicar una regla automática. Algunas transmisiones inmobiliarias tienen excepciones, renuncias a exenciones o circunstancias que cambian la tributación. Por eso, antes de firmar, yo comprobaría el tratamiento fiscal con el notario, la gestoría o la administración autonómica, sobre todo cuando el vendedor es una sociedad.

Quién paga el impuesto y qué administración lo gestiona

En una compraventa, el contribuyente suele ser el comprador o adquirente. Una cláusula privada que diga que el vendedor asumirá el impuesto puede tener efectos entre las partes, pero no cambia necesariamente quién responde ante Hacienda según la ley.

En un alquiler, el sujeto pasivo es normalmente el arrendatario cuando el contrato está sujeto al impuesto. Ahora bien, los arrendamientos destinados a vivienda habitual tienen un tratamiento específico y pueden disfrutar de exenciones. No conviene pagar ni presentar datos de forma automática sin revisar primero la norma aplicable.

La gestión corresponde, por regla general, a la comunidad autónoma competente. En la compra de un inmueble, suele ser la comunidad donde está situado; en otros bienes muebles pueden aplicarse criterios relacionados con la residencia del comprador o el lugar de la operación. País Vasco y Navarra, además, cuentan con particularidades derivadas de sus regímenes fiscales.

Esta descentralización explica por qué dos compradores pueden pagar cantidades muy distintas por operaciones parecidas. El tipo general, las bonificaciones, los modelos telemáticos y el plazo pueden cambiar de una comunidad a otra.

Cómo se calcula el ITP de una vivienda

El cálculo básico parece sencillo: base imponible multiplicada por tipo impositivo. La dificultad está en saber cuál es realmente la base imponible y qué porcentaje se aplica al caso concreto.

En los inmuebles con valor de referencia, este valor funciona como base mínima de tributación. Si el precio pactado o el valor declarado es superior, se utiliza la cifra más alta. Si no existe valor de referencia, la administración puede tomar como referencia el valor declarado, el precio acordado o el valor de mercado, con posibilidad de comprobación.

Por ejemplo, si una vivienda se compra por 180.000 euros, pero su valor de referencia es de 195.000 euros, la base no será necesariamente el precio pagado. Con un tipo meramente ilustrativo del 7 %, el impuesto sería de 13.650 euros, no de 12.600 euros.

Los tipos generales de vivienda usada se sitúan aproximadamente entre el 6 % y el 11 % en muchas comunidades, aunque pueden existir porcentajes superiores para inmuebles de mayor valor y tipos reducidos para determinados compradores. Esa horquilla sirve solo para hacer una primera estimación, no para cerrar el presupuesto de una compra.

Lee también: Autónomo sin ingresos - ¿debe presentar la renta?

Qué bonificaciones pueden reducir la cantidad

Las comunidades autónomas suelen establecer tipos reducidos o bonificaciones para supuestos como la compra de vivienda habitual, la adquisición por jóvenes, familias numerosas, personas con discapacidad o compradores de vivienda protegida. Cada beneficio tiene condiciones concretas y, a veces, exige mantener la vivienda como residencia durante un periodo determinado.

Un error bastante caro consiste en aplicar el tipo reducido porque el comprador cumple la condición de edad, pero olvidar otro requisito, como el límite de ingresos, el valor máximo del inmueble o la obligación de ocuparlo como residencia habitual. Si después se pierde el beneficio, pueden reclamarse la diferencia y los intereses.

Cómo presentar y pagar el ITP paso a paso

La gestión suele hacerse mediante una autoliquidación, es decir, el propio contribuyente calcula el impuesto, presenta los datos y realiza el pago. Para una compraventa inmobiliaria se utiliza habitualmente el modelo 600; para ciertos vehículos usados puede utilizarse el modelo 620 o el procedimiento equivalente de la comunidad autónoma.

  1. Identifica la administración competente según el tipo de bien y el lugar de la operación.
  2. Comprueba la base imponible, incluido el valor de referencia si se trata de un inmueble.
  3. Revisa el tipo aplicable y las posibles reducciones o exenciones.
  4. Prepara el contrato o la escritura, junto con la documentación personal y del bien.
  5. Presenta el modelo correspondiente y paga dentro del plazo.
  6. Conserva el justificante, porque puede ser necesario para inscribir la propiedad o completar otros trámites.

El plazo general previsto en la normativa estatal es de 30 días hábiles, aunque algunas comunidades lo expresan como un mes y pueden establecer reglas propias de cómputo. La fecha suele empezar a contar desde el acto o contrato que origina la obligación, no desde el momento en que el comprador recibe una carta de la administración.

Si se presenta fuera de plazo, pueden aparecer recargos, intereses y, en ciertos casos, sanciones. Por eso recomiendo anotar la fecha de firma desde el primer momento y no dejar el trámite para después de la inscripción registral.

Errores frecuentes que encarecen o complican el trámite

El primer error es calcular el impuesto únicamente sobre el precio de compraventa. Desde la entrada en juego del valor de referencia catastral, esa cifra puede no ser suficiente para determinar la base de un inmueble.

El segundo consiste en asumir que “vivienda usada” significa automáticamente ITP. Si el vendedor es una empresa, si la transmisión está sujeta a IVA o si existe una circunstancia especial, el resultado puede ser diferente.

También es frecuente olvidar que una operación exenta puede exigir igualmente la presentación de una declaración. No pagar no siempre significa no presentar. La administración puede necesitar que se deje constancia formal de la exención o de la no sujeción.

Otro problema aparece cuando se confunden impuestos distintos relacionados con el alquiler. El ITP, el IRPF del propietario y la declaración de alquiler en la renta responden a obligaciones diferentes. Si eres arrendador, conviene revisar también la declaración de alquiler en la renta para no mezclar conceptos.

Por último, no conviene firmar confiando en que una cláusula del contrato resolverá la responsabilidad fiscal. El documento puede repartir gastos entre comprador y vendedor, pero la administración aplicará sus propias reglas para identificar al sujeto pasivo.

La comprobación final que haría antes de firmar

Antes de cerrar una compraventa, pediría tres datos por escrito: qué impuesto se aplica, sobre qué base se calcula y cuál es el último día para presentarlo. Con esas tres respuestas se detectan la mayoría de los errores que luego generan recargos o discusiones.

En una vivienda usada, comprobaría además el valor de referencia, el tipo de la comunidad autónoma y si puedo acceder a una reducción. Una diferencia de varios puntos porcentuales puede representar miles de euros, así que merece la pena hacer la cuenta antes de comprometerse.

En pocas palabras, el ITP es el impuesto que suele acompañar a las adquisiciones patrimoniales entre particulares. No tiene un porcentaje único para toda España, no siempre se calcula sobre el precio pagado y debe tramitarse dentro de un plazo concreto. Revisar esos tres elementos antes de firmar es la forma más sencilla de evitar sorpresas.

Este artículo tiene un carácter exclusivamente informativo y educativo. El material se ha elaborado con el apoyo de modernas herramientas analíticas y lingüísticas (IA). Antes de tomar una decisión, consulta a un experto.

Preguntas frecuentes

La compra de una vivienda usada a un particular tributa normalmente por ITP. En cambio, una vivienda nueva comprada directamente al promotor suele tributar por IVA y AJD. Si el vendedor es una empresa, conviene revisar la naturaleza concreta de la operación.

Cuando existe valor de referencia del Catastro, este actúa como base mínima de tributación. Si el precio pactado o el valor declarado es superior, se utiliza la cifra más alta. Por ejemplo, si se pagan 180.000 euros y el valor de referencia es de 195.000, con un tipo ilustrativo del 7 % el impuesto sería de 13.650 euros.

En una compraventa inmobiliaria se utiliza habitualmente el modelo 600. Para ciertos vehículos usados puede corresponder el modelo 620 o el procedimiento equivalente de la comunidad autónoma. El plazo general suele ser de 30 días hábiles o un mes, según la administración competente.

El comprador o adquirente suele ser el contribuyente del ITP. Una cláusula privada puede repartir el coste entre las partes, pero no cambia necesariamente quién responde ante Hacienda según la ley. Por eso, conviene identificar al sujeto pasivo antes de firmar.

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itp vivienda usada valor de referencia vehículos usados modelo 600

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Hugo Valladares

Hugo Valladares

Soy Hugo Valladares y mi trayectoria de 3 años en el ámbito de los trámites y el derecho en España me ha llevado a crear este espacio en oleksandr.es. Me fascina la complejidad del sistema legal español y mi objetivo es desglosarla para que sea accesible y comprensible para todos. Me dedico a investigar a fondo cada tema, contrastando fuentes y buscando la forma más clara de explicar procedimientos y normativas, siempre con la meta de ofrecer información útil, precisa y actualizada.

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